lunes, 17 de diciembre de 2018

Impuesto municipal sobre ventas en Estonia y "Derecho al olvido" en internet.



El Tribunal de Justicia de la Unión Europea es competente de pronunciarse con carácter
prejudicial:

a) Sobre la interpretación de los Tratados

b) Sobre la validez e interpretación de los actos adoptados por las instituciones, órganos u organismos de la Unión.

Un ejemplo de la interpretación de los actos adoptados sería el caso de la imposición de un impuesto sobre las rentas como impuesto local por Estonia. Varias empresas acudieron a los tribunales para solicitar la anulación de las liquidaciones y las resoluciones de Hacienda al considerar que dicho impuesto era contrario al artículo 401 de la Directiva IVA.
Este caso llego hasta el Tribunal Supremo de Estonia, quien planteó una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, pues estima necesaria su decisión para poder emitir el fallo.
Su procedimiento es objetivo, ya que no hay intervención de partes, sino que son los Tribunales, de la Unión y en este caso el de Estonia, los que actúan.
De manera, que se inició la suspensión por parte de Juez estonio, del litigio principal planteando la cuestión prejudicial.
El Tribunal examinó concienzudamente las Directivas y jurisprudencia del Derecho de la Unión, relativa al asunto.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea resolvió la cuestión planteada, declarando que el artículo 401 de la Directiva 2006/112/CE debe interpretarse en el sentido de que no se opone al mantenimiento o al establecimiento de un impuesto, como el impuesto sobre las ventas controvertido en el litigio principal.


El Tribunal es competente para interpretar el Derecho de la Unión, pero no para aplicarlo.
La cuestión prejudicial debe plantearse cuando el Juez se le presenta una duda ante que fallo
emitir, como puede ser el caso de la cuestión prejudicial plateada por la Audiencia Nacional sobre la
protección de datos de un particular frente a Google.
El Derecho de la Unión no impone ninguna sanción al órgano jurisdiccional que no interponga la cuestión prejudicial, éste deberá ser consciente de sus responsabilidades.
Es la primera vez que un tribunal plantea esta cuestión ante el Tribunal de Justicia de la UE y la decisión del Tribunal de Luxemburgo vinculará a todos los tribunales de los estados miembros donde existen reclamaciones similares.
Puesto que los efectos de la sentencia, tiene fuerza erga omnes. El Tribunal no se pronunciará sobre las medidas que los órganos nacionales deben adoptar para sus sentencias.
Pero en este caso, el Tribunal falló dando cobertura al derecho al olvido, a pesar del dictamen del propio Abogado General.
Posteriormente fue la Audiencia Provincial quien tuvo que responder en consecuencias del fallo y con las indicaciones que le había indicado el Tribunal a través de la Directiva de protección de datos,
como consecuencia se aprobó este mismo año 2018 la Ley orgánica de protección de datos y garantía de los derechos digitales Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre.



BIBLIOGRAFÍA


Noticia Impuesto municipal sobre ventas Estonia ( 16 de diciembre del 2018)
http://noticias.juridicas.com/actualidad/noticias/13247-un-impuesto-municipal-sobre-las-ventas-de-los-comerciantes-no-es-incompatible-con-el-iva/


Noticia La Audiencia Nacional, pionera al plantear en Europa el 'derecho al olvido' en Internet ( 16 de diciembre del 2018)
http://noticias.juridicas.com/actualidad/jurisprudencia/5507-la-audiencia-nacional-pionera-al-plantear-en-europa-el-039;derecho-al-olvido039;-en-internet/


Molina del Pozo, Carlos Francisco, 2011, Derecho de la Unión Europea, Madrid y España, Editorial Reus.

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